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Denuncia al I.N.A.D.I. (Instituto Nacional contra la Discriminación)

Por Anónimo - 18 de Abril, 2007, 1:33, Categoría: General

  

Buenos Aires,   18   de septiembre de 2006.
 
 
AL SEÑOR PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL
CONTRA LA DISCRIMINACION
LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
-INADI-
_______________________________
 
                                                               Miguel Angel ABELANS, DNI nº 10.327.367, domiciliado en la calle Uspallata 4190, Planta Baja “B”, Capital Federal, constituyendo domicilio a los efectos de esta presentación en Rivadavia 717, 7º piso, ofic. 702 (Estudio Pérez Crespo), Capital Federal, se presenta a efectos de formular denuncia por discriminación manifiesta en los términos del art. 43 CN y de la ley 23.592 contra las autoridades del  HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. Profesor Dr. Juan P. GARRAHAN, con domicilio legal en Combate de los Pozos 1981, Capital Federal, conforme pasa a exponer a continuación.
 
                     1.-
                     Que si bien la política de discriminación y persecución laboral hacia el suscripto se da en el marco de la relación laboral institucional, la conducta discriminatoria obviamente no es del Hospital en su totalidad como institución sino de algunas de sus autoridades.
                     En particular, y en base a los antecedentes y documentación con que cuenta, viene a identificar a las personas que lo discriminan y vienen persiguiendo: la Directora Médica Ejecutiva Dra. Josefa RODRIGUEZ, y la Directora Asociada de Enfermería Lic. Luisa PIEDRA.
                     Para su política de discriminación hacia el suscripto, estas personas vienen valiéndose de sus cargos en la estructura hospitalaria, contando para ello con el silencio cómplice de otras autoridades y la anuencia evidente del Consejo de Administración del Hospital.
                     2.-
                     El suscripto ingresó a trabajar en relación de dependencia en el Hospital Garrahan el 15 de agosto de 1987 (con la inauguración del Hospital).              
                     Desde entonces, durante estos 19 años, viene desempeñándose como Enfer-mero Jefe en el Área de Emergencia (Guardia) del Hospital. Anteriormente desempeñó similares funciones en el Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez.
                     Su jornada laboral fue siempre de 42 horas semanales: lunes a viernes 8 horas diarias y 4 horas sábados por medio.
                     No ha tenido jamás llamados de atención o sanciones disciplinarias en su legajo.  
     
                     3.- Actividades en defensa de los derechos de los niños. Denuncias por condiciones de internación en la Guardia del Hospital.
                     Desde hace largo tiempo, tanto el suscripto como otros compañeros de trabajo de la Guardia vienen asumiendo un fuerte compromiso con los derechos de los niños enfermos, impulsando actividades en beneficio de aquellos que recurren al Hospital, y denunciando las deficientes condiciones de internación y otras irregularidades que perjudican gravemente a los mismos.
                     Ya en julio de 1993 encabezó un fuerte reclamo al Presidente de la Asocia-ción de Profesionales del Hospital Garrahan, denunciando entre otros puntos: 1) falta de capacidad física para atender a tantos pacientes, 2) consiguiente transformación de la Guardia en una sala de internación, no preparada para ello, lo que significa la presencia de pacientes internados varios días en camillas duras, pacientes expuestos a riesgos de sobreinfección, familiares que pasan varias noches descansando en sillas, 3) falta de sufi-ciente apoyo material y técnico, demoras de los especialistas en respuestas a consultas, y otras varias irregularidades de distinta gravedad. Ese reclamo se instrumentó en una nota firmada por gran parte del personal de enfermería de la Guardia.
                     En julio de 1998, en su condición de Enfermero Jefe de Guardia elevó a la Supervisora del Área de Enfermería un nuevo reclamo sobre condiciones de internación de los niños en la misma.
                     El 3 de julio de 2001 le presentó a la Supervisora del Área Ambulatoria una nueva denuncia sobre condiciones en que eran internados en Guardia los niños: “uno o dos niños acostados en una misma camilla, dura y sin protección lateral para evitar
caídas.. varios pacientes internados en un reducido espacio físico expuestos a contraer infecciones cruzadas.. inadecuados elementos para la administración de oxígeno..”, entre otras serias deficiencias relevadas.
                     En el mismo mes de julio de 2001 gestionó ante la Junta Gremial Interna de ATE acompañara el reclamo por los problemas en la internación en Guardia.
                     En junio de 2002 denunció otra vez las serias deficiencias en el servicio, en respuesta a un comunicado de la Directora Asociada de Enfermería,  licenciada Luisa Pie-
dra.
                     En el año 2005, lo insostenible de la situación de hacinamiento de niños en la Guardia  y la precariedad absoluta de las condiciones de internación de los mismos, agudizó el conflicto en la medida en que incrementó sus denuncias y gestiones.
                     En fecha 5 de julio de 2005, junto con el personal de Enfermería de Guardia, presentó un nuevo reclamo ante la Jefa del Área Emergencia, Dra. Esther Cáceres, planteando que las condiciones de internación de los niños en la Guardia resultan violato-rias de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, incorporados a la Constitu-ción Nacional a través de la reforma de 1984, y en la que se integran también los derechos del niño hospitalizado. En el texto de la nota, encabezada con el título “Cromagnón: Quieren que se repita?” se puntualizan gravísimas deficiencias en las condiciones de internación de los niños, que los exponen a riesgos concretos de consecuencias impre-decibles.
                     El 20 de julio de 2005, ante la falta de respuesta de las autoridades del Hospital a diez años de denuncias y reclamos sobre las condiciones de internación de los niños, dio un paso más en su compromiso con éstos, formulando denuncia ante la Defen-soría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, abriéndose así en esa entidad la Actuación nº 3784/5.
                     El 31 de octubre de 2005 presentó nota a la Jefa del Área Emergencia, Dra. Esther Cáceres, denunciando los mecanismos de rotación de camas de los niños interna-dos en la Guardia.
                     El 1 de noviembre de 2005 presentó nueva nota de denuncia a la Dra. Esther Cáceres, con cita de casos concretos relevados.
                     El 11 de noviembre puso en conocimiento de la Dra. Cáceres problemas con el sistema de “guardia médica” que se estaba implementando, con cita de casos concretos.
                     En el mismo mes de noviembre de 2005 integró con otros enfermeros una Comisión de la Semana de la Enfermería. Dentro de las actividades de esta Comisión, los días 17 y 18 de noviembre organizan la entrega de materiales en la Entrada de Público, difundiendo y promoviendo los Derechos del Niño Hospitalizado.
                     El 21 de noviembre concretan en el Aula Magna del Hospital un concierto del cantante popular Víctor Heredia a beneficio de los derechos de los niños hospitaliza-dos.
                     El 19 de diciembre de 2005 presenta dos notas a la Jefa del Área de Enfermería, Dra. Cáceres. En una de ellas se formulan una seria de propuestas de mejora-miento del Àrea Emergencia – Enfermería; en la otra se explicitan los fundamentos, con particular referencia a la Convención de los Derechos del Niño y la ley 26.601. Hace saber al pie de las mismas que copias de esas notas eran entregadas también en la Defensoría del Pueblo.
                     El 21 de diciembre eleva también copia de la nota de propuestas a la Supervisora del Área Ambulatoria, licenciada Alejandra Martínez.
                     El 22 de diciembre de 2005 eleva una nueva nota a la Defensoría, haciendo un balance de algunas de las gestiones realizadas en defensa de los derechos de los niños hospitalizados y reiterando propuestas que son el producto del trabajo colectivo de los enfermeros de la Guardia.
                     Todas estas notas de denuncias y reclamos a lo largo de diez años solo encontraron por respuesta el silencio de las autoridades del Hospital, y las propuestas de mejoramiento de los mecanismos y condiciones de internación en Guardia no fueron se-riamente consideradas.
                     Pero la intervención de funcionarios de la Defensoría del Pueblo que se hicieron presentes en el Hospital  en diciembre de 2005, constatando las irregularidades así como la violación de los derechos de los niños, generó una violenta reacción en las autoridades del Hospital hacia el suscripto.
                     Y al comenzar enero de 2006 sufrió las consecuencias de sus actividades en defensa de los derechos de los niños, iniciándose contra el suscripto una dura política de acoso laboral, siendo manifiestamente discriminado y perseguido, perdiendo su puesto y recibiendo advertencias de que cesara con la campaña por los niños como condición para que cesaran las medidas contra él, todo lo cual motiva esta presentación de denuncia.
                     4.- La represalia contra el suscripto como claro y evidente acto de dis-criminación. Su alejamiento de la Guardia.
                     El día 28 de diciembre de 2005, en el área de la Guardia donde se desempe-ñaba como Jefe de Enfermería, decidió retirar dos paneles movibles que dividían innece-sariamente dos depósitos de instrumental y equipamiento médico, uno de ellos a su vez sin buena sustentación por lo que se movía levemente y constituía una cierto factor de riesgo.
                     Por una cuestión de evidente practicidad, y atento una serie de dificultades que habían aparecido ese día en la misma Guardia, procedió a desplazar ambos paneles y colocarlos en un costado.
                     Es de señalar que dichos paneles son por naturaleza movibles, tienen una dimensión de aproximadamente un metro de ancho por dos metros de alto, se atornillan al piso con facilidad y con igual facilidad se desatornillan.
                     En el Hospital se han hecho reiteradamente desplazamientos de paneles para modificar ambientes de acuerdo a las necesidades sin procederse en la mayoría de los casos a ningún trámite de autorización previa (incluso en algunos sectores se desplazan provisoriamente en el verano para facilitar la circulación de aire).
                     El desplazamiento de los dos paneles resultó una medida eficaz y hoy toda-vía, a nueve meses de efectuado el cambio, el mismo es aprovechado por los enfermeros del sector, con total y evidente anuencia de las autoridades. Los dos paneles están a un costado, no han sido recolocados (bastaría atornillarlos nuevamente, operación que demandaría unos cinco o diez minutos), y por el contrario ambos depósitos han sido ahora unidos y funcionan como uno solo, en forma más práctica y eficiente.
                     Pero con fecha 3 de enero de 2006, en forma totalmente sorpresiva, la Directora Médica del Hospital, Dra. Josefa Rodríguez, dictó la Disposición nº 001/2006, ordenando la instrucción de un sumario administrativo para investigar el desplazamiento de los dos paneles, y el traslado del suscripto, con carácter transitorio, a partir del día 4 de enero, al Área Consultorios Externos, a fin de cumplir las tareas que oportunamente se le asignen.
                     En los considerandos de la Disposición se hace referencia a que:
“… sendas notas de las Direcciones Asociadas de Atención Pediátrica, su par de Enfermería, e informe elaborado por el Jefe del Departamento de Infraestructura (¿?!) dependiente de la Gerencia de Obra y Mantenimiento, dan cuenta de los hechos acaecidos en el Servicio de Emergencia con fecha 28 de diciembre de 2005, siendo
aproximadamente las 15:30 horas…Que en tales circunstancias, según se refiere, el Enfermero Jefe Sr. Miguel Àngel Abelans estaba realizando reformas edilicias (¿?!) sin la debida autorización… se verificó el retiro de dos paneles completos (quedando un parante suelto) y la colocación de estantes con ménsulas metálicas que no asegu-ran su estabilidad.. Que la gravedad de los hechos denunciados (¿?!) impone la reali-zación de una exhaustiva investigación a fin de determinar y deslindar las responsa-bilidades del caso. Que la naturaleza de los hechos bajo examen lleva a considerar inconveniente la permanencia del agente en el sector, mientras se sustancie la corres-pondiente investigación. Que siendo necesario definir la situación del agente involu-crado en los hechos acaecidos dentro del Área de Emergencia resulta conveniente trasladar al agente Miguel Angel Abelans, Legajo nº 194 al Area de Consultorios Externos…”
                     La sola mención de todas las Direcciones involucradas en la denuncia del retiro de los dos paneles ya mueve a asombro: la mención del informe del Jefe del Depar-tamento de Infraestructura puede considerarse parte de un  grotesco de características insólitas.
                     Es claro que no había nada que investigar cuando desde un primer momento admitió que él fue quien personalmente desplazó los paneles, no siendo secreto para nadie su autoría, ya que ni siquiera podía pensar que se considerara tal acción una falta disciplinaria cuando la misma se ha efectuado en numerosas oportunidades en el Hospital sin llamar la atención de nadie, y mucho menos siquiera imaginar que se la considerara una “reforma edilicia no autorizada” (¿!).
                     Se adjuntan varias fotos en carácter de prueba documental donde se pueden advertir las características de los paneles y apreciar sus dimensiones; en la foto identifica-da con la letra K se puede apreciar el depósito tal como quedó luego del retiro de ambos paneles (ubicados antes en el medio).
                     La verdadera razón del sumario administrativo fue la de aprovechar el mismo como fundamento de su traslado “provisorio” de la Guardia.
              
                     Y si bien cada vez que estuvo de licencia por vacaciones su puesto fue cubierto por el enfermero que le sigue en orden dentro del plantel de Guardia, el día 5 de enero ya se estaba dictando por parte del Consejo de Administración del Hospital la Reso-lución nº 09/2006, asignando  a la agente María Eugenia García Padrón las funciones de Jefe de Enfermería mientras se mantenga el traslado, dando a entender una previsión de extensión de tiempo realmente incompatible con las características primarias de la su-puesta investigación a realizar.  Cabe agregar que la persona designada no tiene antece-dentes en la Guardia del Hospital, por lo que no ha participado en ninguna de las denun-cias formuladas sobre la situación de los niños internados en la misma.    
                     La única razón de la medida radica en la necesidad de sacar al presentante de la Guardia y terminar con las denuncias y reclamos por las condiciones de internación de los niños, cortando a su vez el proceso de investigación iniciado por la Defensoría del Pueblo.
                     El mismo 5 de enero de 2006 casi 300 trabajadores del Hospital firmaron un petitorio reclamando la anulación del sumario y su restitución a la Guardia. Se adjuntan copias de las planillas respectivas.
                     El 6 de enero la Junta Interna de Delegados elevó un reclamo a la Directora Médica, destacando varias reformas realizadas en el Hospital –no precisamente en bene-ficio de la atención a los niños- de mayor magnitud que el desplazamiento de dos paneles y también sin ningún tipo de autorización previa, y que sin embargo no dieron motivo a investigación sumarial alguna.
                     El presentante interpuso recurso de reconsideración. Con fecha 9 de febrero de 2006 la Directora Médica rechazó por Disposición nº 76/2006 el mismo.
                     Notificado del rechazo de su pedido de reconsideración, interpuso el correspondiente recurso jerárquico ante el Consejo de Administración.
 
 
 
 
 
            
       
 


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